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El pago de la hipoteca ante dificultades económicas

Cualquier circunstancia individual, así como un período de recesión o crisis global puede desencadenar serios problemas para las familias medias a la hora de seguir haciendo frente a los pagos de la hipoteca que, en un determinado momento, pensaron que iban a solventar de manera mensual, trimestral o semestral. El “sobreendeudamiento” de gran parte de la población y la consecuente morosidad llevan a los bancos a diseñar fórmulas para facilitar esos pagos a sus clientes. Y es que, según explican desde Ausbanc, a ellos no les interesa un excesivo número de embargos “para quedarse con todos los pisos y convertirse en inmobiliarias”.

En una situación de dificultades económicas, podemos pedir al banco que se modifiquen las condiciones del préstamo. Hay varias alternativas para hacer frente al pago de la hipoteca:

  • Novación: consiste en negociar con el banco nuevas formas de pago.
  • Subrogación de la hipoteca o refinanciación de la misma: puede ocurrir que la cuota de su hipoteca vivienda, con las condiciones que contrató de la entidad financiera con la que la suscribió, haya variado y ya no le se compense. Mediante este procedimiento podrá pasar el préstamo a otra entidad. Los bancos suelen ser receptivos porque no quieren perder clientes, pero muchas personas no actúan correctamente velando por sus intereses económicos porque tienen reverencian mucho a sus bancos y les cuesta irse a otro. Conviene desligarse de esa relación.
  • Reunificación de préstamos: Consiste en ampliar el préstamo hipotecario existente o bien concertar uno nuevo para agrupar todos los préstamos que tengamos en uno solo. En el caso de tener créditos, el nuevo crédito se concede con intereses más bajos que los préstamos personales o tarjetas acumuladas. La finalidad es que el cliente tenga que pagar menos cuota cada mes, trimestre o semestre y pueda disponer incluso de dinero efectivo para lo que necesite.

Si se deja de pagar una hipoteca, ahora es más fácil afrontar la situación que antes, ya que desde 2001 la Ley de Enjuiciamiento Civil prevé la rehabilitación del préstamo, que permite liquidar lo que se debe para evitar el embargo y no se obliga al cliente a pagar todo el importe de la hipoteca.

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